Fuente: Oñate, A y Piñuel, I: Acoso y violencia escolar en España: Informe CISNEROS X – IEDDI – Madrid 2007.
Expulsión o autoexclusión escolar y social de la víctima y cronificación del daño

Cuando los casos de acoso escolar no son correctamente diagnosticados y no se interviene de manera correcta, la probabilidad más elevada es una falsa resolución del problema mediante la expulsión o la exclusión de la víctima del lugar en el que estudia.
Esta salida puede ser el efecto de muchos factores diferentes.
Son demasiado frecuentes los casos en los que las víctimas son abocadas a abandonar sus centros educativos transformados para ellas en verdaderos lugares tóxicos por el efecto de la impunidad ante la violencia no contenida y de la unanimidad del acoso que ha terminado coaligando a la mayoría de alumnos y educadores en contra de la víctima, haciendo insoportable su continuidad allí por más tiempo.
También suele ocurrir que sean las complicaciones emocionales propias del daño que el acoso produce en las víctimas las que lleven a éstas a problemas de rendimiento o de comportamiento que significan para ellas no poder continuar en el centro educativo.
A veces el abandono del centro educativo por parte de la víctima es la consecuencia del proceso de extensión de la estigmatización a otras instancias, (profesores, orientadores, directores de centros, padres de otros alumnos, vecinos) que terminan agregándose al gang de acoso dentro del típico proceso de persecución unánime ya descrito, y que se materializa en un proceso de linchamiento colectivo que no deja más opción a las familias de las víctimas que el abandono del centro educativo (e incluso a veces el abandono del barrio o del pueblo).
Son muy escasos aún los casos en que la situación de acoso es correctamente diagnosticada y reconducida con eficacia por los centros educativos afectados por la situación, dando la posibilidad a las víctimas de recuperarse y de seguir desarrollándose en un entorno educativo libre de violencia, acoso e intimidación.
TODA UNA INGENTE LABOR DE DIVULGACIÓN QUEDA AÚN POR HACERSE EN MATERIA DE DETECCIÓN DEL ACOSO Y LA VIOLENCIA ESCOLAR Y EN LA INSTRUCCIÓN Y CORRECTO TRATAMIENTO DE LOS CASOS.