La negación, la banalización, el error básico de atribución y la revictimización secundaria son fenómenos que concurren en la mayoría de los casos de acoso y violencia escolar, agravándolos significativamente.
La enorme divulgación mediática del problema del acoso y la violencia en las aulas puede llevar al error de trivializar o banalizar este problema pasándose de una situación en la que el acoso escolar es clandestino o inexistente, a otra en la que los roces en el juego o los conflictos entre niños pudieran ser evaluados erróneamente como casos de Acoso Escolar. Ambos extremos son falsos.
Ley del Silencio en los centros escolares
En algunos centros escolares opera en torno a los casos de acoso y violencia escolar una auténtica “Ley del Silencio”.
Para muchos responsables de centros escolares, la existencia de un caso de acoso escolar es percibido como una amenaza para la imagen y la reputación de la institución escolar. De ahí una generalizada tendencia a negar la existencia de los casos y a cargar contra las víctimas y sus familias la responsabilidad de lo que ocurre.
Muchos padres se enfrentan a la situación de acoso escolar que padece su hijo o hija en medio de una total negación del problema de acoso de las autoridades escolares, más interesadas en camuflar o distorsionar el diagnóstico, por amenazante, que en resolver la situación y proteger al menor acosado.
Con frecuencia, cuando un niño se queja, señala o denuncia una situación de acoso, es cuestionado, atacado o revictimizado, teniendo que enfrentarse a la incomprensión y la indolencia de los adultos (profesores, tutores, responsables de centros, inspectores, etc…) que están al cuidado del centro escolar y que niegan los hechos o les restan importancia.
Éstos frecuentemente desconfían de esos relatos, y suelen intentar poner a prueba a la víctima, descubrir la mentira, sus contradicciones, la exageración, o incluso la mala intención o el desequilibrio psíquico del niño que denuncia estas situaciones.
Error básico o fundamental de atribución
Aquí es donde aparece en la mayoría de los casos de acoso escolar el denominado “error básico o fundamental de atribución”, fenómeno característico de todos los procesos de victimización, que explica porqué los orientadores, profesores y otros adultos, sin ser excesivamente conscientes de ello, tienden a atribuir al niño que es víctima de acoso escolar la responsabilidad de lo que le ocurre, debido a supuestos rasgos, características, carencias, déficits actitudinales o conductuales, que le hacen ser responsable de alguna forma, de la situación de acoso que sufre.
El error básico de atribución tiende a hacer del niño víctima de acoso y violencia escolar un pseudoculpable, que tiene en contra toda una presunción de culpabilidad o cuando menos de desequilibrio o déficits comportamentales o psicológicos.
Por ello, cuando se detecta un posible caso de acoso escolar, es necesario evitar a toda costa hacer de la instrucción del caso (interna al centro educativo o en sede judicial) un proceso de persecución contra el niño que denuncia esas conductas.
Cuando existe violencia sistemática y recurrente contra un niño, poco importan, para proceder a su protección inmediata, su personalidad previa, sus actitudes, su asertividad, su situación familiar, o sus posibles carencias o déficits.
Sin embargo son los niños acosados los que son enviados a ver al psicólogo, y los que reciben sistemáticamente las dudas de todos los adultos que se enfrentan a este problema, incluidos frecuentemente sus propios padres.
Evaluar los hechos señalados o denunciados
Evaluar o instruir un caso de acoso escolar no es evaluar las características del niño que relata ser víctima de acoso, ni su equilibrio psicológico o sus actitudes, cuestiones todas ellas absolutamente irrelevantes para proceder a la instrucción de un caso de acoso escolar y a la inmediata protección de la víctima.
La instrucción de los casos de violencia y acoso escolar debe centrarse en verificar y confirmar la existencia de un riesgo para ese niño o niña por razón de las conductas que refiere como frecuentes y sistemáticas en su entorno escolar.
Huelga por tanto la investigación sobre su personalidad, actitudes o habilidades, habituales caminos a la revictimización secundaria.
Es necesario centrarse sobre los elementos objetivos, es decir, si se han producido o no los hechos señalados o denunciados, y que consisten en conductas de acoso y violencia que, como tales conductas, son susceptibles de observación y registro por otros testigos además del propio niño.
Desgraciadamente suele resultar más cómodo desde un despacho cuestionar al niño que refiere esas conductas que tener que asumir la responsabilidad de verificar sobre el terreno el caso mediante la observación, la supervisión, el registro y el seguimiento específico de aquellas conductas que se producen contra el niño en un centro educativo.
Resulta más cómodo establecer déficits en la personalidad del niño acosado, o la inadecuación del estilo de educación de sus padres o diagnosticar problemas en su crecimiento o maduración emocional y afectiva, que adoptar medidas cautelares de protección sobre él o sancionar las conductas de maltrato inaceptables de los que acosan.
Para evitar este fenómeno tan abundantemente extendido en nuestros centros escolares, es necesario proceder con el mayor rigor a establecer las diferencias entre las situaciones y los casos y acotar mediante indicadores objetivos de gravedad las conductas de acoso y violencia escolar.
El diagnóstico clínico o de la personalidad de la víctima no puede fundamentar la instrucción de los casos de acoso escolar. Es la incidencia y frecuencia de las conductas violentas convenientemente monitorizadas y registradas lo que se debe perseguir en la instrucción y no al niño que denuncia o a sus padres.
La evaluación clínica de la víctima debe estar atenta también para no confundir el efecto con la causa del problema.
Debe servir para evaluar el riesgo que la situación de acoso y violencia escolar puede estar generando en la salud del niño afectado. Nunca debería ser usada para explicar, como ocurre a veces, desde el daño que ha generado la violencia en el niño, el porqué éste la merecía o era parcialmente responsable de ella.