Nadie habla en interés superior del menor, ni recuerda los Tratados Internacionales ni la Convención sobre los Derechos del Niño.
No es el consenso político, ni lo que mejor convenga a las partes el principio que debe guiar la elaboración e interpretación de las normas.
Ya hablemos de cocaína (España es el primer consumidor mundial según los informes de la ONU), de Acoso escolar ó de hijos separados de sus progenitores, el artículo 27 exige a los gobiernos que garanticen el desarrollo integral, intelectual, afectivo y psicológico del menor.
No es la religión, sino el interés superior del menor como principio vinculante y su derecho a pensar y elegir libre y responsablemente unos valores que no decrete el gobierno de turno, lo que obliga a profesores, padres y alumnos a objetar de la Educación para la Ciudadanía.